En Asencio y Benadiba Abogados, hemos obtenido un nuevo éxito en el ámbito del derecho concursal, consiguiendo que se declare el concurso sin masa de nuestro cliente, sin necesidad de nombrar administrador concursal, sin limitación de sus facultades de disposición y, lo más importante, con la concesión de la exoneración del pasivo insatisfecho.
Gracias a una estrategia procesal precisa y una preparación minuciosa de la solicitud, el Juzgado ha dictado auto acordando:
- La declaración de concurso sin masa conforme al artículo 37 bis del TRLC.
- La no designación de administrador concursal, al cumplirse los requisitos legales exigidos.
- La no limitación de facultades patrimoniales del deudor.
- Y finalmente, la exoneración total del pasivo insatisfecho, quedando perdonadas todas las deudas que arrastraba nuestro cliente.
Este resultado supone un verdadero nuevo comienzo para nuestro representado, que ve canceladas sus obligaciones económicas tras un procedimiento ágil y sin intervención innecesaria de terceros.
Porque creemos firmemente en las segundas oportunidades y en el valor de una defensa concursal bien planteada, realista y enfocada en soluciones eficaces.